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Malleus Feministarum #1: Necesitamos espacios solo para mujeres

2019, 2300 palabras

La respuesta a esto es fácil, y vendría a ser algo así como: «Me parece muy bien, pero entonces no te quejes cuando los hombres pidan también espacios solo para hombres».

Hay argumentos poderosos en favor de la segregación. Cuando un grupo feminista decide constituirse como «no mixto» y prohibir la entrada a los hombres se suele aducir como razón principal que la presencia de hombres alteraría la dinámica del grupo. Y es cierto. La intimidad y la confianza que pueden generarse como resultado de estar en una camarilla solo con miembros del propio sexo son algo a tener en cuenta. Además, si se tratan temas especialmente sensibles y específicos del sexo en cuestión, la presencia de miembros del sexo opuesto puede inhibir ciertos discursos o conductas, aunque solo sea por el sano deseo de no ofenderlos. Hablando de maltrato conyugal, por ejemplo, es razonable pensar que una mujer se abrirá más y será más sincera rodeada de otras mujeres –especialmente si ella misma está en una posición de vulnerabilidad o lo está sufriendo actualmente– que rodeada tanto de mujeres como de hombres. Tampoco tiene por qué ser necesariamente así, pero es una suposición que entra dentro de lo razonable. Lo mismo podría pasar en el caso de un grupo de hombres divorciados que se reuniesen para hablar de sus divorcios: es previsible que se oirían muchos menos improperios y menos fórmulas del tipo «la zorra de mi exmujer» en un grupo mixto que en un grupo exclusivamente masculino.

Asamblea abierta no mixta

Cartel (recortado) promocionando una asamblea no mixta

 

Pero a veces, justamente, es deseable la desinhibición y la sinceridad sin complejos aparejada a ésta, sobre todo si la sesión ha de tener un fin terapéutico. Así que hasta ahí todo bien: a veces la segregación por sexo es deseable.

El problema está en reclamar el derecho de unos (en este caso, de unas) a hacer uso de ella y al mismo tiempo negárselo a otros. Si te parece muy mal que existan –o que existiesen– clubes de campo, asociaciones culturales o peñas deportivas solo para varones, y lo consideras una forma de discriminación injusta contra las mujeres, es obligado plantearse la cuestión de si un festival de música solo para mujeres, un estreno cinematográfico solo para mujeres, un club privado solo para mujeres o un grupo feminista «no mixto» no constituyen también una forma de discriminación injusta, en este caso contra los hombres.

Por mi parte la respuesta es clara: no hay injusticia en ninguno de los dos casos. Si alguien decide crear una asociación u organizar un evento solo para miembros de su mismo sexo, como iniciativa privada, está en todo su derecho y no hay nada que objetar. Pero si te encuentras teniendo la persistente sensación de que un grupo de hombres que deciden reunirse para socializar entre ellos sin mujeres alrededor no es más que un hatajo de machirulos misóginos explotando aún más sus privilegios, mientras que un grupo de mujeres que deciden reunirse para socializar entre ellas sin hombres alrededor constituye un noble y valeroso ejemplo de solidaridad entre almas oprimidas, y que en un caso es legítimo pero en el otro no, puede que tengas un problema de coherencia. (Y lo mismo a la inversa, claro.)

Lo que no vale es la doble moral de exigir que asociaciones como los Boy Scouts, por ejemplo, renuncien a ser solo de varones y permitan la entrada a mujeres, tildándolas de machistas y retrógradas, y al mismo tiempo defender que se creen asociaciones exclusivamente femeninas para servir de «espacios seguros» donde las mujeres puedan disfrutar de la intimidad y la seguridad que da el estar rodeado de gente afín. Si unas han de tener derecho a disfrutar esa intimidad y seguridad, los otros también.

Por supuesto tampoco faltan argumentos, para quien quiera emplearlos, sobre por qué en un caso está bien y en otro no. Puede aducirse el argumento de que como las asociaciones exclusivamente masculinas han sido históricamente preponderantes ahora debería haber asociaciones exclusivamente femeninas para equilibrar la balanza; y, en efecto, es justo que así sea, pero ello no debería implicar también que haya que clausurar las primeras o forzarlas a permitir la entrada a los dos sexos, salvo por una especie de revanchismo pueril.

Por otro lado, se podría insistir en el hecho de que a día de hoy parece haber mucha más demanda de espacios solo para mujeres que de espacios solo para hombres, y argumentar que eso señala una asimetría profunda en cuanto a la percepción que cada sexo tiene respecto al poder de injerencia del otro. En otras palabras: es posible que para un grupo de hombres no resulte tan «amenazante» la presencia de una mujer (o de un reducido número de mujeres) como a la inversa, debido a las dinámicas estructurales por las cuales los hombres dominan socialmente, de modo que incluso un solo hombre, o un número reducido de hombres, pueden alterar la dinámica de un espacio femenino más fácilmente de lo que una mujer, o un pequeño número de ellas, podrían hacerlo en un espacio masculino. A mí me parece que esto tiene algo de verdad, en el sentido de que efectivamente los hombres tienden a ser más dominantes socialmente y en grupo, acaparando más espacio. La cuestión, no obstante, de si esta tendencia se debe a un sistema de opresión que lo impregna todo o si hay otros factores explicativos, podría ser discutible.

Con todo, la afirmación inicial no parece ser cierta: históricamente los hombres han tratado de crear espacios sin mujeres tanto o más que a la inversa, desde las primitivas männerbünde presentes en gran cantidad de pueblos antiguos (por no hablar de los ejércitos en general, hasta hace bien poco), hasta sociedades secretas de toda clase (incluyendo algunas tan influyentes como la masonería), pasando por los mencionados clubes de campo solo para hombres, etc. De hecho, la razón principal por la que hoy parece que solo son las mujeres las que demandan espacios exclusivos para ellas probablemente sea que ya existen suficientes espacios exclusivos masculinos (incluso aunque no lo sean ya nominalmente, sino solo de facto), además de por la corrección política actual en Occidente, que hace que reivindicar hoy un espacio solo para hombres esté extremadamente mal visto. En cualquier caso, mi respuesta anterior se mantiene: ambos son legítimos en principio. Por otra parte, si es cierto que existen a día de hoy más espacios de facto exclusivamente masculinos que espacios de facto exclusivamente femeninos, o si las mujeres son realmente más vulnerables a la injerencia masculina en sus espacios que los hombres a la injerencia femenina en los suyos, todo ello puede conformar un argumento a favor de la construcción de más espacios solo para mujeres; pero, al mismo tiempo, no constituye argumento alguno en favor de que los hombres que también hagan lo propio por su lado deban ser estigmatizados o castigados por ello (como, de hecho, sucede hoy en Occidente, al menos de cara a la opinión pública). En suma, tampoco puede concluirse de estas observaciones que unos «espacios seguros» sean legítimos y los otros no.

Un argumento de más peso es el de que, debido a la posición de superioridad estructural (o los privilegios estructurales) de los hombres sobre las mujeres en nuestras sociedades, prohibir la entrada a mujeres a un evento o asociación sería ahondar y afianzar los privilegios ya existentes de los hombres, mientras que a la inversa el agravio sería menor o directamente inexistente, porque no se estarían ahondando ni afianzando los «privilegios» de nadie, en la medida en que, según la corriente de pensamiento que propone esta línea de argumentación, las mujeres no están en una posición tal que les permita tener privilegios estructurales sobre los hombres. En suma: un evento o asociación solo para hombres estaría contribuyendo a la opresión de un grupo marginado (las mujeres, en este caso), mientras que un evento o asociación solo para mujeres no estaría oprimiendo a nadie, pues al ostentar los hombres el poder social no se les puede oprimir, o como mínimo la opresión sería mucho menor, y sobre esta base podría justificarse que, en efecto, una cosa es legítima (la exclusividad femenina) pero la otra (la exclusividad masculina) no.

En su forma más rígida, esta línea de razonamiento y de argumentación es extraordinariamente insidiosa y difícil de rebatir; no porque sea extraordinariamente razonable, sino porque se sustenta sobre una estructura teórica de carácter axiomático que da poco pie a la discusión: si se aceptan sus axiomas (como que es imposible por definición oprimir a un grupo privilegiado) la cuestión está zanjada de antemano. En su versión más laxa, no obstante, puede suponer una perspectiva interesante a tener en cuenta: ciertamente no es descabellado pensar que ciertas cosas pueden afectar de manera más grave a un grupo que a otro, tal como, por ejemplo, la prohibición de un ayuntamiento de dormir en la calle afectará más a los mendigos sin hogar que a la gente con casa.

Sin embargo, si quitamos del medio la retórica sobre privilegios monolíticos y grupos opresores y oprimidos por defecto, parece que no es este el caso. Prima facie, parece que una asociación cultural solo para mujeres y una asociación cultural solo para hombres están de hecho en igualdad de condiciones, en tanto que iniciativas privadas a las que distintas personas, también a título privado e individual, pueden sumarse: no hay ningún factor «estructural» que haga que una cosa sea sustancialmente distinta de la otra, como sí lo hay en el caso de los mendigos y la prohibición de dormir en la calle. Lo mismo podría decirse de una clase en la que los chicos se juntasen para jugar al fútbol y las chicas para jugar a los médicos, y ambos grupos fuesen exclusivos por razón de sexo: las chicas podrán quejarse de no tener acceso al fútbol, pero los chicos también podrán quejarse de no tener acceso a jugar a los médicos. Podrá decirse, tal vez, que ambas cosas suponen una discriminación inaceptable, pero no podrá decirse que una cosa lo es (por ejemplo, el que los chicos discriminen a las chicas no permitiéndoles jugar al fútbol) y la otra no.

Otra situación muy distinta sería si toda la clase prefiriese jugar al fútbol y los chicos lo monopolizasen, excluyendo a las chicas –o viceversa– , o si el fútbol –o el juego de los médicos– fuese no solo un juego de recreo sino también una forma de escalar posiciones sociales o de aprobar el curso, y de nuevo un sexo lo monopolizase; pero en ausencia de condiciones semejantes no puede decirse que existan factores estructurales o profundos por los cuales una discriminación sea objetivamente peor que otra. Lo mismo en el caso que nos atañe: si en lugar de un club de campo donde pasar el rato se tratase de una institución pública por la que hay que pasar para triunfar socialmente, o de una institución que facilitase de forma evidente el triunfo social de sus miembros (aquí podría venir al caso la masonería, por ejemplo), y se le negase la entrada a uno de los sexos, sería obviamente injusto desde el punto de vista de la igualdad de oportunidades (a no ser que existiesen otras de poder e influencia equivalentes para el sexo contrario). Este caso, por ejemplo, ya no sería comparable con una asociación feminista «no mixta» o un concierto solo para mujeres: ambas cosas no estarían en pie de igualdad y no podría decirse, por tanto, que ambas son igualmente injustas o discriminan (injustamente) en la misma proporción o de la misma manera. Pero tratándose de los casos de los que estamos tratando, a saber, cosas como los Boy Scouts o las Girl Scouts, clubes de campo solo para hombres, asociaciones culturales solo para mujeres, grupos feministas «no mixtos» o grupos exclusivos de hombres que se reúnen para poner verdes a sus exmujeres, no parece haber bases sólidas sobre las que fundamentar un discurso en términos de privilegios y opresiones estructurales que justifique en última instancia que unos están bien y los otros mal. Se podrá decir, como en el caso de los chicos monopolizando el fútbol y las chicas monopolizando el juego de los médicos, que ambas cosas son indeseables o constituyen una discriminación injusta, pero no que una cosa lo es y la otra no. Así pues, no cabe en este caso aplicar una doble vara de medir, salvo que se den circunstancias como las expuestas más arriba: en ausencia de ellas, habrá que aceptar que ambas cosas son igual de deseables o igual de indeseables, a riesgo de pecar de incoherencia en caso contrario.

 

Por supuesto, determinar cuándo se dan efectivamente o no dichas circunstancias –es decir, cuándo dos situaciones pueden realmente considerarse «en pie de igualdad»– se convertirá entonces en el problema principal en caso de que haya disputa, pero al menos se habrá pasado del bloqueo inicial que supone el argumento feminista-radical de «las dos cosas no son iguales porque los hombres ostentan el poder social y las mujeres no»: se podrá ir caso por caso, examinando si en este caso particular hay una asimetría real, como en el caso de los mendigos, o el caso de que el fútbol no sea solo un juego, sino que sirva también para aprobar las clases, en lugar de quedarse en el impasse inicial en el que una parte sostiene que los dos casos son equiparables y la otra que no porque un grupo es por definición opresor y el otro por definición oprimido. 

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